Importar un coche a España es una de las gestiones más habituales para quienes se trasladan al país, ya sea desde la Unión Europea o desde fuera de ella. El proceso está regulado y puede realizarse legalmente, pero exige documentación específica, varios impuestos y la coordinación entre la Agencia Tributaria, la estación de ITV y la Dirección General de Tráfico (DGT).

Esta guía resume el procedimiento aplicable en 2025 y explica los puntos donde la mayoría se atasca: la franquicia por traslado de residencia, la homologación individual y el cálculo del IEDMT.

Visión general del proceso

Todo vehículo que circule de forma permanente por las vías españolas debe estar matriculado en la DGT. El proceso se divide en cinco bloques que se realizan en este orden:

  1. Verificación de residencia y elegibilidad para la franquicia fiscal.
  2. Despacho aduanero (FTR + DUA) si el vehículo procede de fuera de la UE.
  3. Inspección técnica (ITV) de importación.
  4. Homologación individual si no hay COC europeo.
  5. Matriculación definitiva en la DGT y pago del IEDMT.

El plazo total varía entre 4 y 12 semanas, según el país de origen y la rapidez de la documentación.

Paso 1 — Alta como residente

Antes de matricular es necesario disponer de NIE y de certificado de empadronamiento vigente. Sin ambos, la DGT no admitirá la solicitud. Si el solicitante ha sido residente en otro país durante al menos 12 meses, puede acogerse a la franquicia por traslado de residencia, que se solicita en la Agencia Tributaria antes del despacho aduanero.

Paso 2 — Elegibilidad del vehículo

  • El vehículo debe cumplir las normas europeas de seguridad y emisiones (o someterse a homologación).
  • Los coches de más de 25 años pueden inscribirse como vehículo histórico.
  • Los vehículos con volante a la derecha (Reino Unido) requieren ajustes técnicos.
  • Los velocímetros en millas deben convertirse a kilómetros para superar la ITV.
  • Los eléctricos e híbridos siguen el mismo procedimiento, pero con exenciones o reducciones en el IEDMT.

Paso 3 — Impuestos de importación

Si el vehículo procede de fuera de la UE se aplican:

  • Arancel del 6,5 % sobre el valor en aduana.
  • IVA del 21 % sobre el valor en aduana más el arancel.

Si procede de un Estado UE no hay arancel, pero sí IEDMT (0 %–14,75 % según emisiones de CO₂).

Franquicia por traslado de residencia: si has sido residente fuera de la UE durante al menos 12 meses y titular del vehículo durante los 6 meses previos, puedes solicitar la exención. El ahorro suele situarse entre 800 € y 5.000 €.

Paso 4 — Inspección técnica

Toda importación pasa una ITV específica. Suele costar entre 35 y 80 € y la cita previa tarda 1–2 semanas. La estación emite un certificado provisional que sirve para la matriculación.

Paso 5 — Homologación individual

La homologación es obligatoria cuando:

  • El vehículo no dispone de COC europeo.
  • Las especificaciones difieren de las europeas (dirección, faros, emisiones).
  • El vehículo procede de un mercado no UE (Estados Unidos, Japón).

El coste oscila entre 300 y 1.500 €.

Paso 6 — Matriculación en la DGT

Con la ITV superada y, si aplica, la homologación finalizada, se presenta la solicitud de matriculación en la Jefatura de Tráfico. La DGT emite el permiso de circulación y asigna la matrícula.

Documentación necesaria

  • Permiso de circulación original del país de origen.
  • Certificado Europeo de Conformidad (COC), si está disponible.
  • Factura o contrato de compraventa.
  • NIE y empadronamiento.
  • Seguro español del vehículo en vigor.
  • Certificado de ITV de importación.
  • Solicitud de matriculación (modelo DGT).
  • Justificantes de pago de impuestos.
  • Certificado de homologación, si procede.
  • Resolución de la franquicia, si se solicita.

Los documentos en idiomas distintos del español deben traducirse por traductor jurado y, en algunos casos, apostillarse.

Costes orientativos

ConceptoImporte
Arancel (no UE)6,5 % del valor en aduana
IVA (no UE)21 % sobre valor + arancel
IEDMT0 %–14,75 % según emisiones
ITV35–80 €
Homologación300–1.500 €
Gestoría150–660 €
Traducciones juradas30–80 € por documento

Calendario realista

  • Semanas 1–2: NIE y empadronamiento.
  • Semanas 2–3: solicitud de franquicia, si corresponde.
  • Semanas 3–4: despacho aduanero (vehículos no UE).
  • Semanas 4–5: ITV de importación.
  • Semanas 5–7: homologación individual, si aplica.
  • Semanas 6–10: matriculación en la DGT y pago del IEDMT.
  • Semanas 8–12: entrega del permiso y de las placas.

Recomendaciones

  • Inicia los trámites antes del traslado: el NIE y la verificación del COC pueden anticiparse.
  • Conserva los originales y entrega solo copias compulsadas.
  • No circules con matrícula extranjera más de 30 días tras el alta como residente.
  • Contrata el seguro español antes de la ITV.
  • Para vehículos RHD, reserva presupuesto para ajuste de faros.
  • Verifica que el VIN coincide en todos los documentos.

Caso real: importación desde Reino Unido

María, residente británica desplazada a Valencia en 2022, importó un Ford Focus de 2019. Como había vivido en el Reino Unido más de 12 meses, se acogió a la franquicia y se ahorró aproximadamente 3.800 € en aranceles e IVA. Su vehículo disponía de COC europeo, por lo que solo necesitó ajuste de faros (120 €) y certificado de ingeniería. El IEDMT (4,75 %) ascendió a 712 €. El proceso completo tardó 8 semanas.