Los sustos fiscales son la principal causa de desviaciones presupuestarias en importaciones. Esta guía mapea cada cargo y cuándo aplica.

Arancel

Solo para vehículos no UE. Tipo estándar de turismos: 6,5 % del valor en aduana (precio + flete + seguro). Vehículos UK matriculados antes del 1/1/2021 pueden mantener origen UE.

IVA de importación

También solo no UE. 21 % sobre valor en aduana + arancel. Se paga en aduana con el arancel.

IEDMT (matriculación)

Aplica a toda matriculación en España, UE o no UE. Tipo según emisiones CO₂: 0 %, 4,75 %, 9,75 %, 14,75 %. Sobre el valor de referencia publicado por Hacienda.

IVTM (impuesto municipal)

Anual, recaudado por el ayuntamiento según potencia fiscal. Rango habitual 5–220 €.

Franquicia por traslado de residencia

Elimina arancel, IVA e IEDMT cuando:

  • El titular ha residido fuera de la UE durante 12+ meses.
  • El vehículo ha sido propiedad del titular durante 6+ meses antes del traslado.
  • El vehículo es de uso personal.

Se solicita antes del despacho aduanero y de la matriculación en la DGT. Hacerlo en orden incorrecto pierde la exención.

Bonificaciones eléctricos e híbridos

Los eléctricos puros están exentos del IEDMT y suelen tener descuento en IVTM. Los híbridos enchufables suelen pagar 0 % de IEDMT por su bajo CO₂.